“Fer” se encontraba en una discoteca en el distrito de Miraflores, en compañía de dos amigas. Durante la madrugada, llegó al lugar Julio, un muchacho a quien ella conocía por amigos en común, quien pidió unas cervezas y empezó a beber junto con ella y sus amigas.
“Fer” y el muchacho se quedaron solos en el lugar por unos 30 minutos, lapso en el que las amigas de “Fer” salieron a fumar unos cigarrillos. Cuando regresaron, la encontraron embriagada, no podía pararse bien, no pronunciaba ni vocalizaba bien las palabras y tenía una conducta “extraña”. A pesar del evidente estado de ebriedad de “Fer”, Julio intentó besarla, pero fue rechazado, ya que ella es una mujer lesbiana y no se siente atraída por personas del género masculino.
Al momento de retirarse de la discoteca, Julio insistía en regresar con “Fer” a su departamento. Incluso, discutió y reaccionó agresivamente con sus amigas, pues ellas habían notado que este la acosaba sexualmente mientras estaban en la discoteca y se oponían a dejarla con él; sin embargo, logró su cometido. Ya en el edificio del departamento de “Fer”, aprovechando el estado de inconsciencia en el que ella se encontraba, Julio la violó sexualmente.
A la mañana siguiente, cuando “Fer” despertó, vio que Julio se encontraba junto a ella en su cama y se dio cuenta de que estaba con pijama, sin ropa interior, con su vagina totalmente mojada, la pierna moreteada y el cuerpo adolorido. Frente a ello, le preguntó qué era lo que había pasado y Julio le respondió que habían tenido relaciones sexuales. Ella le increpó el porqué de su conducta si él conocía su orientación sexual, pero él solo atinó a mover los hombros. “Fer” no entendía ni siquiera cómo es que había retornado de la discoteca; solo podía recordar que estaba en el paradero apoyándose en un poste, para luego estar en el piso de su departamento mientras esta persona estaba sobre ella abusando sexualmente, sin poder reaccionar debido a lo desorientada que se encontraba.
Posteriormente, al encontrar su prenda interior con sangre y tener más información por parte de sus amigas sobre lo ocurrido el día de la discoteca, incluyendo la reacción negativa de Julio frente al hecho de que “Fer” se besó con otra mujer, “Fer” interpuso una denuncia en contra de Julio. Luego de esto, pudo enterarse de que Julio había intentado abusar sexualmente de otras chicas lesbianas cuando ellas se encontraban en estado de ebriedad.
Las acciones legales iniciadas en el presente caso tienen por objeto combatir la impunidad en la que, generalmente, permanecen los actos de violencia sexual cometidos contra las personas a causa de su orientación sexual, particularmente aquellos que se ejercen como castigo a la orientación sexual de la víctima. Asimismo, se busca una reparación integral de todo el daño causado a la salud física y mental de “Fer”, así como a su proyecto de vida.
A causa de lo sucedido, y a partir de la denuncia interpuesta por “Fer”, se inició un proceso penal contra su agresor. La fiscalía a cargo del caso decidió formular la acusación contra él y solicitó que se le impongan diez años de pena privativa de libertad, así como el pago de la reparación civil, por el delito de violación sexual en estado de inconsciencia o imposibilidad de resistir. No obstante, debido a que no se tomó en cuenta que el delito fue cometido con fines discriminatorios sobre la base de la orientación sexual de “Fer”, Promsex solicitó que se incorpore, en dicha acusación fiscal, el agravante de discriminación, y que se impongan 13 años y 4 meses de pena privativa de libertad a su agresor, así como el pago de una reparación civil justa en favor de “Fer”.
A la fecha, la violencia sexual sufrida por “Fer” aún permanece impune.
Se ha logrado que se formule la acusación fiscal contra el agresor de “Fer” por el delito de violación sexual de persona en estado de inconsciencia o imposibilidad de resistir y se solicite una pena privativa de libertad en su contra, así como el pago de una reparación civil.
Además, considerando que se trata de un caso de violencia sexual contra una mujer adulta en estado de ebriedad, es un resultado positivo que el proceso penal haya avanzado, superándose prejuicios usualmente asociados con la responsabilidad de las mujeres por actos de violencia sexual que ocurren luego de que han bebido alcohol.
Constituye un reto pendiente la ampliación de la acusación fiscal, así como la obtención de una sentencia definitiva favorable que reconozca que la violación sexual ejercida contra “Fer” tuvo la finalidad de “castigarla” por su orientación sexual diversa, lo que constituye un móvil discriminatorio, además de que se ordene el pago de una reparación justa, acorde con el daño físico y psicológico que le fue generado. Asimismo, es un reto pendiente la adopción de criterios orientadores en el marco de las investigaciones penales de delitos ejercidos contra las personas LGBTI, que conlleven una verdadera protección de los derechos de dicha población.