Majandra es una mujer trans que acudió al Establecimiento Penitenciario Callao (EP Callao), que depende del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), para visitar a un amigo personal. Ella llevaba puesto un pantalón y una chompa de color blanco y tenía puestas unas pestañas postizas. De acuerdo con su identidad y expresión de género, usa el cabello largo y ese día lo llevaba suelto.
En un primer momento, en la “tranquera” del EP Callao, un efectivo de seguridad del INPE le manifestó que no podría entrar con el pantalón que llevaba puesto y le indicó que debía alquilar una prenda que sea “de hombre” en las afueras del establecimiento penitenciario. Majandra se vio obligada a obedecer y procedió a alquilar un pantalón.
Después de ello, ella ingresó al EP Callao y pasó por la lectora biométrica de huellas digitales. Al momento de atravesar este control de seguridad, el subjefe de seguridad del establecimiento le preguntó si las uñas que llevaba eran postizas. A esto, ella respondió negativamente. Luego, el mismo funcionario le preguntó si las pestañas eran postizas y la respuesta de Majandra fue afirmativa, razón por la que le indicó que debía retirarlas si deseaba ingresar al establecimiento penitenciario. Pese al fuerte dolor que le causó retirarse las pestañas postizas, ella obedeció la indicación del funcionario.
Al superar el control biométrico y caminar hacia el siguiente puesto de seguridad, Majandra escuchó que el subjefe de seguridad del establecimiento dijo a otros funcionarios del INPE que ella era una “loca”, en clara alusión a su identidad de género.
En el puesto de control para la revisión corporal, otro funcionario la obligó a desnudarse, ordenándole que se retire el pantalón. Ella, desconociendo que esto no formaba parte de la revisión corporal, obedeció y se quedó en prendas interiores, que eran femeninas. En ese momento, dicho funcionario le dijo: “tú eres varón y debes vestirte como varón” y difundió las características de estas prendas a otros agentes de seguridad del establecimiento, quienes se burlaron de Majandra.
Además, este funcionario le señaló que no podía ingresar con prendas interiores femeninas, sino que debía acudir a un mercado cercano y adquirir prendas interiores masculinas. A ello, Majandra respondió que siempre había usado este tipo de prendas, pues era una mujer trans. Sin embargo, el funcionario informó al subjefe de seguridad las características de las prendas íntimas de Majandra y este último le indicó que ella no podía ingresar vistiendo tales prendas y que, además, “había pasado por alto [su] pelo”, el cual llevaba largo y suelto.
Majandra, anonadada por la situación, se retiró del EP Callao para ir al mercado, pues se veía forzada a adquirir prendas interiores “masculinas” para ingresar a visitar a su amigo. Mientras se alejaba del lugar, pudo escuchar que una funcionaria del INPE le dijo “Dios perdona el pecado, pero no el escándalo”. Después de comprar las prendas, regresó nuevamente al establecimiento penitenciario e intentó ingresar por la puerta principal. Aquí, otro funcionario le indicó que no podía reingresar al EP Callao, sin explicarle el motivo de la negativa.
Al día siguiente, Majandra denunció de manera presencial ante la Oficina de Asuntos Internos del INPE los tratos discriminatorios de los que había sido víctima a causa de su identidad y expresión de género. En virtud de ello, se inició una investigación administrativa en la que la mencionada Oficina concluyó que los funcionarios de seguridad del INPE incurrieron en el delito de discriminación e incitación a la discriminación en agravio de Majandra, por lo que recomendó que esto se ponga en conocimiento del Ministerio Público, a fin de que evalúe dicha denuncia y emita el pronunciamiento correspondiente. Por ello, el procurador público del INPE comunicó el hecho a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao a efectos de que disponga las acciones de investigación contra los funcionarios denunciados y, en su oportunidad, formalice la respectiva investigación preparatoria.
Las acciones legales promovidas en el presente caso tienen como objetivos principales combatir la impunidad en la que suelen permanecer los actos de tortura y discriminación basados en la identidad y expresión de género de las personas, así como prevenir cualquier tipo de violencia del cual puedan ser víctimas las personas a causa del prejuicio por su identidad y expresión de género en las instalaciones pertenecientes al INPE. De igual forma, se busca alcanzar una reparación integral de todo el daño causado a Majandra.
Proceso penal por el delito de tortura, y discriminación e incitación a la discriminación
El procurador público del INPE presentó una denuncia en contra de tres de los efectivos de seguridad, que pudieron ser identificados por Majandra durante el procedimiento administrativo, por el presunto delito de discriminación en perjuicio de Majandra. La Fiscalía dispuso el inicio de la investigación preliminar y ordenó que se inicien las diligencias en contra de los denunciados por la comisión del delito de discriminación. Majandra, acompañada de Promsex, solicitó la ampliación de la investigación fiscal por el delito de tortura agravada por discriminación.
El 24 de junio de 2019, la Octava Fiscalía Provincial del Callao se inhibió y derivó los actuados a la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Supranacionales para que conozcan el caso por tratarse del delito de tortura por discriminación a causa de la identidad de género. En ese sentido, se remitieron los actuados a la Primera Fiscalía Penal Supraprovincial; sin embargo, esta resolvió no haber mérito para promover la acción penal contra los denunciados y dispuso el archivo definitivo de los actuados. Frente a esto, se interpuso un recurso de queja, pues, a pesar de que existe evidencia sobre la comisión del delito de tortura, solo se optó por el archivo de la denuncia, sin siquiera ordenarse alguna diligencia a fin investigar, de manera eficaz, el delito denunciado.
Demanda de habeas corpus
Majandra, con el apoyo legal de Promsex, interpuso una demanda de habeas corpus contra el INPE por la vulneración y amenaza de sus derechos a no ser sometida a tortura, a la integridad psíquica, a la libertad de tránsito y a no ser detenida salvo mandato judicial motivado, así como su derecho a la igualdad y no discriminación. Con la intención de que lo sucedido a Majandra no vuelva a repetirse, se solicitó ordenar al INPE que su personal no incurra en actos similares, que cumpla con su obligación de investigar y sancionar a los funcionarios responsables de las graves vulneraciones a sus derechos, y que adopte medidas que garanticen un trato igualitario libre de discriminación hacia las personas trans e intersex.
El Trigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima decidió rechazar liminarmente la demanda y ordenó su archivo. Esta resolución fue apelada. Tras realizarse la audiencia de vista de causa por el recurso de apelación interpuesto, la Sala Superior ordenó que la demanda se admita a trámite y que el juzgado emita pronunciamiento de fondo, decisión que está pendiente.
En el presente caso, se visibilizan las deficiencias en la administración de justicia e investigaciones fiscales durante los procesos penales que involucran a personas LGBTI víctimas de tortura y discriminación a causa de su identidad o expresión de género.
A la fecha, la tortura y las graves afectaciones de las que Majandra fue víctima permanecen impunes y aún persiste la amenaza de que vuelvan a perpetrarse. Por ello, constituye un reto pendiente la obtención de una sentencia definitiva favorable, en la cual se determine la responsabilidad penal y se sancione a los funcionarios del INPE que sometieron a Majandra a tortura y tratos humillantes a causa de su identidad y expresión de género. Así también, es un reto que el INPE implemente medidas que garanticen un trato igualitario libre de discriminación hacia las personas trans e intersex dentro de sus instalaciones.