María

Nombre: María y familia vs. Perú

Resumen: Inadecuada atención a joven víctima de violencia sexual

Años: inicio, 2014

Lugar: Sin especificar para resguardar la identidad de la joven

Instancia: Comisión Interamericana de Derechos Humanos

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María es una joven proveniente de una zona andina del Perú. A pesar de la situación de pobreza de su familia, María se disponía a estudiar para convertirse en una profesional. Ella, junto con sus padres y sus 4 hermanos, vivían en una zona alejada del centro de la ciudad, un barrio con escasez de servicios básicos e incluso pavimentación. 

En el 2014, cuando María tenía 18 años, fue sedada y violada a la fuerza. Al recobrar la conciencia, María sintió fuertes dolores en la vagina y se percató de que el agresor, un compañero de la escuela, se encontraba encima de ella. El agresor amenazó que, si ella denunciaba lo sucedido, asesinaría a los padres de María y a su pequeño sobrino. Frente a esas amenazas, María no interpuso una denuncia en esa ocasión. Posteriormente, María despertó en la puerta de la casa de su prima sin saber cómo había llegado ahí y con un gran dolor en la zona genital y pélvica que le impedía caminar.

Casi un mes después de lo ocurrido, María se dirigía a su casa luego de dar un examen en el Instituto en el que estudiaba, cuando fue abordada por 4 personas en un puente. Uno de sus atacantes la agarró por detrás y le tapó la boca con un pañuelo impregnado de alguna sustancia que la hizo perder el conocimiento. Cuando despertó, se encontraba en el mismo lugar donde había sido violada la primera vez y los 4 agresores se encontraban dentro bebiendo licor. Cuando se dieron cuenta que María había comenzado a despertar, le obligaron a tomar a la fuerza un líquido que la hizo perder el conocimiento nuevamente. En ese momento, pudo escuchar que habían matado a su hermano. De los 4 agresores, 3 de ellos tenían el rostro cubierto y el cuarto pudo ser identificado por María como el mismo agresor de la primera vez, su compañero de escuela. 

Luego de este segundo ataque, María fue dejada en un parque de la ciudad. Cuando ella despertó se sentía mareada, presentaba lesiones en el pecho y en las piernas, y fuertes dolores en la zona vaginal y pélvica. María pudo comunicarse con uno de sus hermanos y le contó lo sucedido. A pesar del intenso dolor que sentía, María comenzó a caminar hacia su casa, pero cuando se encontraba cerca, entró en un estado de crisis nerviosa y no pudo continuar. En ese momento, fue socorrida por sus padres y su hermana, siendo llevada a su casa donde María contó lo sucedido a sus padres. 

Minutos después, María fue trasladada al Hospital Público cercano en un estado de agitación, confusión y ansiedad. En el hospital, les informaron que la atención requería que se presente la denuncia de lo sucedido previamente, condicionando la atención en salud a pesar de la emergencia. Debido a eso, la madre de María acudió a dos estaciones de policía hasta que logró registrar la denuncia de lo sucedido, con esa denuncia, la madre de María logró que el médico legista acudiera con ella al hospital varías horas después para poder hacer la revisión correspondiente a María. El médico legista certificó las lesiones traumáticas recientes en el cuerpo de María. 

María quedó hospitalizada para mantenerla sedada. Al día siguiente, fue visitada por una enfermera, una obstetra, un psiquiatra y el personal del programa TARGA. El equipo médico la encontró depresiva, llorosa y angustiada, ellos le preguntaron por lo sucedido y por el dolor que sentía. Posteriormente, la interrogaron y revisaron. Se le realizaron ecografías y pruebas de sangre para descartar ITS, VIH, embarazo, hepatitis B y C, entre otras. De igual manera, se le pidió a la madre de María que acudiera al programa TARGA para que le entreguen unas pastillas (3 en total), las cuales fueron entregadas sin más información y para que la misma madre de María se las haga tomar. 

Horas más tarde, la hermana de María sugirió que María tome la “pastilla del día siguiente” para prevenir un embarazo por la violación sexual. Los padres de María no habían sido informados por personal del hospital sobre dicho medicamento, su uso o efectos, por lo que decidieron no darle la pastilla en el temor de que sea abortiva o le haga daño a María. A pesar de eso, la hermana de María compró una pastilla y la guardó. 

Al día siguiente, 48 horas después de la violación, la obstetra realizó la visita médica a María y le dejó una receta que prescribía POSTINOR 2 al pie de su cama, sin dejarle por escrito ni explicarle verbalmente las indicaciones para tomarla, el uso, o las posibles contraindicaciones. Debido a la falta de información e indicaciones por parte del personal médico, la hermana de María explicó que se trataba de la pastilla que ella les había comentado y aconsejó que María la tome. Por esa razón, la madre de María salió a buscar precisamente el medicamento señalado en la receta (POSTINOR 2) pero en la farmacia del hospital le indicaron que ahí no vendían ese medicamento. 

La madre de María siguió buscando en farmacias y logró comprarla, haciendo un esfuerzo económico, adquiriendo las dos pastillas que señalaba la receta. Como no se le había dado mayor indicación sobre la administración del medicamento, la madre de María le dio ambas pastillas juntas a María para que las tomara, lo que no sigue lo recomendado en la administración y dosis del medicamento para su efectividad, pudiendo ponerla en riesgo de un embarazo no deseado o de alguna otra secuela en su salud.

En los cuatro días que María estuvo internada en el hospital, la visitaron personal médico distinta cada vez, haciéndole preguntas sobre lo sucedido en cada ocasión, recetándole antibióticos y pastillas para dormir. Al darle de alta en el hospital, no se verificó si María había tomado los anticonceptivos y le señalaron que requería atención en salud mental, agendando una cita. La madre de María, muy preocupada por la salud de su hija, solicitó múltiples permisos en su trabajo para acompañarla a las citas; sin embargo, ella no logró ubicar al profesional, situación que le ocasionó un gran dolor a María que cada día estaba más triste y ansiosa, negándose a salir de la casa, sin poder dormir y con pesadillas todas las noches.

Lograr el reconocimiento de los derechos reproductivos de las mujeres relacionados con el acceso a la anticoncepción oral de emergencia (AOE), en especial cuando se trata de niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual.

En el marco de los procesos nacionales, debido a lo sucedido, María inició el proceso penal por violación sexual, iniciado con la denuncia interpuesta por su madre. En dicho proceso, se encontró responsable al agresor, compañero de escuela de María, que era menor de edad al cometer la violación sexual denunciada. Debido a su situación de menor de edad, el juzgado dispuso la medida socioeducativa de internación por el periodo de un año, así como una reparación civil de 900 soles, a ser pagados a María por los padres del infractor. Esta decisión fue apelada, resultando confirmada por la Corte Superior de Justicia de la zona, por lo que se mantuvo la medida socioeducativa y el monto de la reparación. 

En el marco de los procesos internacionales, en el 2016, lo sucedido a María fue llevado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mediante la representación de Promsex, Centro de Derechos Reproductivos (CRR) y Paz y Esperanza. Actualmente, la petición del caso de María fue admitida mediante Informe de Admisibilidad N° 18/20, de fecha 22 de marzo de 2020, actualmente se encuentra en etapa de fondo.

Sanción efectiva para el agresor que fue reconocido por María luego de los dos ataques, incluyendo la reparación civil derivada del proceso.

Lograr la declaración de responsabilidad internacional del Estado peruano, lo que lleve a una reparación integral de María y los cambios en la normativa y la política pública de salud que permitan una verdadera protección de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres peruanas.

Nombre: María y familia vs. Perú

Resumen: Inadecuada atención a joven víctima de violencia sexual

Años: inicio, 2014

Lugar: Sin especificar para resguardar la identidad de la joven

Instancia: Comisión Interamericana de Derechos Humanos